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Donaciones caritativas, pérdidas por hecho fortuito, por robo, y otras
Las donaciones para que sean deducibles de impuesto deberán ser a organizaciones caritativas reconocidas, y hechas en efectivo, cheque, tarjeta de crédito.
Y si dona propiedad a una organización calificada, normalmente puede deducir no más del valor justo de mercado de la propiedad al momento de la donación.
Entre las organizaciones caritativas reconocidas más comunes citamos a las iglesias, templos, sinagogas, mezquitas, gobiernos federales, estatales y locales, hospitales y escuelas sin fines de lucro, Ejército de Salvación (The Salvation Army), Cruz Roja de los Estados Unidos, CARE, Goodwill Industries, United Way, Boy Scouts of America, Girl Scouts of America, Boys & Girls Clubs of America y grupos de veteranos de guerra.
Su deducción por donaciones caritativas generalmente no puede superar el 50% de su ingreso bruto ajustado (AGI), pero en algunos casos podrían corresponder límites del 20% y 30%.
Con respecto a un hecho fortuito debemos evaluar el daño o la pérdida de propiedades ocasionadas por dicho acontecimiento identificable y repentino, inesperado y por ende poco común. Un evento repentino es aquél que ocurre rápidamente, e inesperado ya que comúnmente no se anticipa ni es intencionado, así como para que sea poco común no será algo típico dentro de las actividades que usted realiza.
Entonces cubriendo estas mencionadas características, si es víctima de un hecho fortuito, tiene que presentar el formulario 4684 y adjuntarlo al anexo A para la forma 1040.
También las pérdidas consecuencias de un robo se consideran deducibles de impuesto a través del mencionado formulario 4684, pero en tal caso no olvide que debe contar con el respectivo reporte policial.
Adicionalmente otras deducciones que también pueden incluirse total o parcial son costo de rifa, bingo o lotería, los gastos relacionados con el trabajo o para buscar un empleo.
Note que si tiene gastos relacionados con su trabajo o la búsqueda de empleo no deben ser reembolsados por su empleador o a través de una agencia empleadora. También clasifican a deducir lo viajes, comidas y gastos de representación, uniformes, ropa de protección y vestuario, las cuotas sindicales y la pertenencia a organizaciones profesionales.
También, pudieran considerarse los gastos de oficina en casa, los costos de los equipos y otros bienes de negocios depreciable, y el uso para trabajo que le dio a su vehículo, sea de su propiedad o arrendado. Aunque dedicaremos en un próximo capitulo aclarar la base de cálculo para considerar gastos de vehículo, adelantaremos, que no clasifica los gastos de viaje que se componen sólo de ir y venir de su trabajo.
Aclaramos que para hacer deducciones detalladas, deberá mantener documentación de todos sus gastos. Puede usar una libreta, diario, cuaderno o cualquier otro registro escrito para tomar nota y adjuntar los documentos y comprobantes que acreditan susodichos gastos.
Al respecto, el IRS es muy estricto cuando casuísticamente le hacen una auditoria, pero no olvide, que son muy flexibles cuando UD somete espontáneamente arreglar cualquier error que detecte en su declaración de impuesto con un oficial del IRS en idioma español llamando al 1-800-829-1040 de lunes a viernes de 7:00 am a 7:00pm o visitando www.irs.gov , pero puede escribirme previamente a orct2@hotmail.com y le ofreceré mi punto de vista sin compromiso alguno.
deducciones detalladas